Contra la especulación: encuestadores deberán informar los sondeos a la Justicia

La Cámara Nacional Electoral puso de manifiesto el «exiguo número» de informes técnicos presentados por las empresas de encuestas al tribunal «que no se condice con la cantidad de mediciones difundidas por distintos medios a la opinión pública».

La Cámara Nacional Electoral exhortó a las empresas de encuestas y sondeos de opinión a que presenten la información de las mediciones realizadas con motivo del proceso electoral en curso

El Tribunal, por medio de una acordada dictada hoy, puso de manifiesto el «exiguo número» de informes técnicos presentados por las empresas de encuestas y sondeos de opinión ante la Cámara, «que no se condice con la cantidad de mediciones difundidas por distintos medios a la opinión pública».

De esta forma, para la Cámara se priva a la ciudadanía de la información sobre la metodología utilizada en la elaboración de las encuestas ya publicadas.

En ese contexto, se resalta que del total de empresas registradas en el Registro de Encuestas y Sondeos de Opinión de la Cámara, solo ocho (8) presentaron las fichas técnicas correspondientes a las encuestas realizadas con motivo del proceso electoral del corriente año.

A fin de dar operatividad a las disposiciones vigentes, el Tribunal instó a las empresas que realizan encuestas y sondeos de opinión político-electorales para que «den cumplimiento a las previsiones establecidas en el art. 44 ter de la ley 26.215 y en la Ac. CNE 117/10 que estableció el procedimiento para la inscripción, presentación y publicación de la información requerida en el Registro de Encuestas y Sondeos de Opinión que se difunde en su sitio web».

Al mismo tiempo, la Cámara se dirigió al Congreso de la Nación solicitándole que «evalúe la posibilidad de revisión del régimen vigente, para dotarlo de medios adecuados y procedimientos efectivos tendientes a su correcta observancia».

«Pese a las acciones impulsadas, la evidencia de la realidad actual demuestra que la cantidad de encuestas difundidas por distintos medios a la opinión pública no se condice con el exiguo número de informes técnicos presentados ante este Tribunal, privando así a la ciudadanía de la información sobre la metodología utilizada en la elaboración de las mediciones ya publicadas», sostuvo la Cámara.-

Los jueces resaltaron que «de los datos contenidos en el Registro de Empresas de Encuestas y Sondeos de Opinión de la Cámara, que son de acceso público, surge que de la totalidad de empresas dedicadas a la realización de encuestas y sondeos de opinión en el país, se han inscripto, desde su creación, treinta y cinco (35) entidades, de las cuales solo ocho (8) –Julio Aurelio ARESCO, Ricardo Rouvier & Asociados, Radio Bahía Blanca S.A., Hugo Haime & Asociados, Fundación para la Dignificación del Hombre en el Trabajo (Observatorio de Política y Democracia), OPINAIA S.A., Observatorio Económico y Social de la Facultad de Ciencias Empresariales de la Universidad de la Cuenca del Plata y Carlos Fara & Asociados- han presentado fichas técnicas correspondientes a mediciones efectuadas en torno el proceso electoral en curso».-

La Cámara recordó que para las elecciones del año 2011, de las veinticuatro (24) empresas inscriptas solo siete (7) presentaron informes técnicos de los trabajos realizados. Por su parte, en el año 2013 fueron diez (10) –sobre treinta (30) registradas las que enviaron los anexos que contienen las especificaciones técnicas.-

Fuente: minutouno.com

 

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