Crimen de Agustín: para la Justicia, las maestras no son responsables de la muerte

La jueza a cargo de la causa por el crimen del niño, de 5 años, que murió al recibir una paliza en su casa, rechazó que se investigue a la docente y a la directora del colegio adonde iba el chico, y que fueron apartadas por las autoridades de la Ciudad, ante la sospecha de que conocían los maltratos y no hicieron nada para evitarlos o denunciarlos.

La jueza a cargo de la causa por el crimen del niño de 5 años, que hace tres meses murió al recibir una paliza en su casa del barrio porteño de Flores, rechazó que se investigue la responsabilidad del padre biológico, la niñera, la maestra y la directora del jardí­n y cinco vecinos del chico, ante la sospecha de que conocían los maltratos y no hicieron nada para evitarlos o denunciarlos.

Fuentes judiciales informaron que la decisión fue adoptada por la jueza de instrucción Silvia Ramond, quien consideró que por el momento sólo hay elementos para imputar en el expediente al padrastro de Agustín Marrero, Leandro Sarli (33) y a su madre, Bárbara González Bonorino (30).
La magistrada se pronunció de esta manera luego de que el fiscal Sandro Abraldes, al pedir la elevación a juicio de la causa, sostuvo que hubo una situación de «pasividad» por parte de diversas personas que percibieron los hechos de maltrato, y consideró que «la de Agustí­n era, evidentemente, una muerte anunciada».
En la resolución a la que accedió Télam, Ramond entendió que «conforme el estado en el que se encuentran las actuaciones, impide, de momento, considerar que la extracción de testimonios respecto de aquellas personas identificadas como posibles incursos en algún delito penal, luzca aconsejada».
Por el contrario, la magistrada afirmó que gracias a las declaraciones brindadas por las personas a las que el fiscal acusa pudo «reconstruirse el acontecimiento histórico respecto de la dramática situación en la que se encontraba la ví­ctima».
No obstante, dijo que en caso de que el criterio esbozado por el fiscal resulte factible, la decisión de investigar a estos testigos puede ser ordenada por el tribunal oral que realice el juicio por el caso.
Al referirse al padre de Agustín, Marcos Javier Marrero, la jueza señaló que «analizar una presunta conducta delictual en la que aquél pudiera haber incurrido, no resulta de ningún modo viable».
Ramond recordó que Marrero, que al momento del crimen vivía en Villa Gesell, no contaba con la tenencia legal Agustín porque ésta se le había otorgado a la madre, quien era «la verdadera poseedora de la facultad y deber de obrar para evitar el resultado lesivo» contra el niño.
La jueza sostuvo que cuando la madre inició una relación sentimental con Sarli se mudó a la Capital Federal y «se colocó fuera de esfera de custodia del padre del niño», por lo que no hay motivo para sospechar de Marrero.
Agregó que el padre del niño muerto fue aceptado como querellante en la causa y se le otorgó la tenencia de su otra hija tras el crimen de Agustín.

En su pedido, el fiscal acusó a Sarli, actualmente detenido, de ser el autor material de la paliza que le causó al muerte al niño y le imputó «homicidio agravado por haber sido cometido por alevosí­a y ensañamiento», que prevé pena de prisión perpetua.
En el caso de González Bonorino, quien se encuentra con una eximición de prisión confirmada por la Cámara en julio, el fiscal le atribuyó un «homicidio doblemente agravado por el ví­nculo y por haber sido cometido por alevosí­a y ensañamiento», en carácter de «omisión», que tiene igual pena.
Subsidiariamente, el fiscal consideró que a la madre se la puede acusar por «abandono de persona agravado por haber resultado la muerte y por haber sido cometido en su calidad de madre contra su hijo», cuya pena máxima puede alcanzar los 20 años de prisión.
Abraldes dio por probado que el domingo 7 de junio pasado, entre las 10 y las 15 -dí­a en el que el principal imputado cumplí­a 33 años-, Agustí­n estaba al cuidado de su padrastro en el departamento de la planta baja «3» del edificio situado en Yerbal 2745, de Flores, donde la pareja y sus hijos conviví­an desde diciembre de 2014.
El representante del Ministerio Público afirmó que Sarli emprendió «una nueva y feroz agresión» contra Agustí­n quien según las constancias de la causa vení­a padeciendo «sistemáticos episodios de maltrato infantil».
Abraldes resaltó como antecedente un episodio ocurrido en marzo de este año en el que Sarli agredió al nene y le provocó la caí­da de tres dientes.
Basándose en ese hecho, el fiscal requirió que se investigue la responsabilidad penal del padre, la niñera, la maestra y la directora del jardín al que iba el nene y cinco vecinos por haber omitido denunciar el niño era golpeado, lo cual ahora fue rechazado.

Fuente: minutouno.com

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